Corte Constitucional: Alcaldías no podrán desalojar personas sin garantizar refugio
En respuesta a la tutela que presentaron 13 personas que permanecen en la Casa Campesina de la alcaldía de Ariporo, la Corte Constitucional aseguró que las alcaldías del país no tienen permitido desalojar a personas que estén ocupando un predio sin ofrecerles la garantía de un lugar de refugio. Los entes, de acuerdo con lo que recalcó el organismo, no tienen la posibilidad de sacar a nadie de un espacio a menos de que aquella ocupación sea ilegal. Ahora, entonces, se ordenó la suspensión temporal del desalojo de los desplazados que se tomaron la Casa Campesina de Paz de Ariporo en Casanare, desde el 2004.
Esas trece personas, en su tutela, alegaron que estaban siendo víctimas de la violención de sus derechos a causa del desalojo al que se vieron sometidos en el año 2019. Arumentaron que su situación económica no era óptima para encontrar y pagar un nuevo lugar para su estadía.
Ante el recurso interpuesto, la corte dio un plazo de 30 días a la Alcaldía de Paz de Ariporo para que garantizar un albergue temporal a los denunciantes y ocupantes del predio ya mencionado. A esto se le agrega, por supuesto, que deben ser tenidas en cuenta otro tipo de características para ofrecer mejores condiciones, por ejemplo, es de tener en cuenta la protección especial que puedan necesitar las mujeres embarazadas, los adultos mayores y los niños y niñas.
Al término de un plazo de siete meses, según lo que sentenció la Corte, los ciudadanos tendrán ya que haber accedido al beneficio, de hecho, se podría considerar la entrega de un subsidio o la adecuación de un espacio que tenga las condiciones correctas y acordes para garantizarle a aquellas familias un espacio de vivienda digna.
Según lo que se alegó, por parte de la Corte, la Alcaldía y la Inspección del municipio violaron el derecho a la vivienda digna de los accionantes, pues modificaron, de manera abrupta, una situación de alojamiento establecida. A esto se le suma que no se brindó la posibilidad de nuevas alternativas para mitigar el repentino cambio de la forma de vivienda de estas personas.
Este caso justo coincide con la denuncia de parte de doce organizaciones de víctimas del Oriente antioqueño que señala que la Sociedad de Activos Especiales (SAE) comenzó un proceso de desalojo del Centro de Acercamiento para la Reconciliación y la Reparación (Care), un espacio que hace parte de los 28 existentes de la Red Colombiana de Lugares de Memoria.
Este espacio, que terminó siendo utilizado por parte de grupos paramilitares para la ejecución de sus actividades criminales, fue entregado por la Alcaldía de San Carlos para guardar artículos en representación de la memoria de las víctimas del conflicto armado en esa región del departamento. Ahora, ese lugar estaba en extinción de dominio y la SAE ya empezó sus reclamaciones.
Pastora Mira, en vocería de las víctimas, explicó que ya llevan varios años ubicados allí, sin embargo, el pasado 18 de enero fueron notificados del desalojo. “Nos encontramos con que el 18 hay una notificación que dicen que hay que desalojar por las buenas el 26 o sino el lanzamiento el 31 de enero; y eso es lo que nos tiene preocupados hoy”, alertó Mira en testimonios recogidos por Blu Radio.
Según la SAE, la orden de desalojo se emitió porque es un inmueble en extinción de dominio y fue ocupado de manera irregular. En agosto de 2021 las autoridades se acercaron hasta ese sitio para hacer una visita técnia, sin embargo, se les limitó el paso.
“Lo que decimos desde la Comisión de la Verdad es que hay que buscar una salida institucional, que el país está frente a esto, de cuáles son las garantías de no repetición, cuál es el deber de memoria del Estado y claramente un deber de memoria del Estado es preservar estos lugares”, agrumentó Marta Villa, coordinadora territorial Antioquía de la Comisión de la Verdad.